Normativa  

Con esta finalidad se expone ante los Organismos Competentes que la instalación reúne las condiciones y garantías exigidas por la reglamentación y que se ejecutará según los requisitos técnicos generales vigentes:

  • RD 842/2002, de 2 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento electrotécnico para baja tensión
  • RD 1110/2007, de 24 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento unificado de puntos de medida del sistema eléctrico
  • RD 1699/2011, de 18 de noviembre, por el que se regula la conexión a red de instalaciones de producción de energía eléctrica de pequeña potencia
  • Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico
  • RD 244/2019, de 5 de abril, por el que se regulan las condiciones administrativas, técnicas y económicas del autoconsumo de energía eléctrica.